¿Un dentista puede realizar tratamientos faciales?

Para los que no lo sabian, un odontólogo sí puede realizar tratamientos faciales; siempre y cuando cumpla con la certificación o acreditación correspondiente en medicina estética/cosmética. 

Ahora bien, los tratamientos estéticos de este tipo se dividen en dos grandes grupos: intraorales y extraorales. Los intraorales se realizan en los dientes, tipo blanqueamientos, carillas estéticas, etc.; y los que se realizan en los tejidos blandos. Mientras que los tratamientos faciales estéticos extraorales son los de carácter reversible; alrededor de los labios y sus proximidades. Desde el punto de vista médico legal parece razonable poner en relación la utilización de técnicas de relleno facial o labial; combinado con la realización de otros tratamientos odontológicos, como puede ser la colocación de una prótesis dental.

Tratamientos faciales más comunes realizados por dentistas 

 

Plasma rico en plaquetas (PRP)

 

La mayoría de los materiales de relleno facial utilizados en Odontología están compuestos de ácido hialurónico. Los más comunes son la corrección de surcos mediante la aplicación de toxina botulínica o bótox y el plasma rico en plaquetas (PRP).

Este tratamiento se ha extendido en la práctica quirúrgica odontológica durante los últimos años, debido principalmente a que favorece la cicatrización de los tejidos blandos, y que parece que contribuye de alguna manera a la regeneración ósea. Pero en los últimos tiempos también se ha utilizado como factor de regeneración cutánea, y, por lo tanto, con finalidad claramente estética. En este sentido su utilización tendría la misma regulación que la de los materiales de relleno reabsorbibles faciales. Podrían ser utilizados por odontólogos con la formación específica, siempre en el tercio inferior facial, y con la ampliación correspondiente del seguro de responsabilidad civil profesional.

Toxina botulínica

Respecto a la utilización de toxina botulínica por parte de los dentistas, la normativa administrativa es bastante clara. Según la circular nº 2/2010 de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, «sobre las condiciones de prescripción, dispensación y utilización de medicamentos cuyo principio activo sea la toxina botulínica de tipo A con indicación estética» señala varios puntos:

  • Únicamente, puede ser realizada por «médicos con la cualificación adecuada, con experiencia en el tratamiento y con el equipamiento o instrumentación adecuados».
  • «Solo se podrán realizar en establecimientos o centros sanitarios que estén debidamente autorizados de acuerdo con la normativa vigente en las respectivas comunidades autónomas».
  • Se requiere una información específica sobre el objetivo del tratamiento, procedimiento de administración, beneficios esperados y duración del efecto, e incomodidades y riesgos derivados del tratamiento.
  • Se deberá cumplimentar una ficha de seguimiento específica para cada paciente.

 

 

Un comentario

  1. en tierra de ciego el tuerto es rey… extienden la atención odontoestomatológica más allá de lo razonable… algunos hasta quieren tratar acné o prescribir antidepresivos o involucrarse en tratamientos del sueño, que esta muy lejos de la atención odontoestomatológica inmediata o posterior, como dice el codigo Sanitario, pueden haber muchas cartas o » autorizaciones» minsteriales o de seremis poco informados, pero mientras no cambie el código sanitario…. es solo palabras, por lo que sé, el ministro o los seremi no tienen la faculad de cambiar el código sanitario… debiera actualizarce la ley para evitar estos problemas y sacar sus buenas multas a los que los transgreden. Personalmnte no tngo nada contra estos profesionales, pero falta una actualización de la ley… todos los tratamientos dice la ley son para atención odontoestomatológica, no estética ni facial, ni corporal